El divorcio de mutuo acuerdo permite divorciarse de una manera más fácil y rápida que si lo hiciéramos de forma contenciosa.
Ambos cónyuges pueden presentar la demanda de divorcio y el convenio regulador, a través del mismo abogado y procurador. Con lo que los costes del divorcio se disminuyen.
Admitida la solicitud de divorcio a trámite por el Letrado de la Administración, citará a los cónyuges dentro de los tres días siguientes, para que se ratifiquen en sede judicial por separado en su petición.
Seguidamente, el convenio regulador será aprobado por el juez a la vista del informe favorable del Ministerio Fiscal, excepto cuando cause un grave perjuicio a uno de los dos cónyuges, o cuando no vele por el interés de los menores en el caso de existir hijos comunes. En dicho caso, se seguirá el procedimiento del divorcio contencioso.
No obstante, para este tipo de divorcios de común acuerdo, es aconsejable que ambos cónyuges tengan conocimiento de los derechos que la ley le otorga para que en la negociación previa a la presentación de la demanda haya buena fe entre las partes que de cómo resultado la redacción de un convenio justo que priorice el bienestar de los hijos menores.
¿Cuánto dura el procedimiento?
Primero, hay que tener en cuenta que el mes de Agosto es inhábil, y por ello los meses de septiembre y octubre son los peores en cuanto a rapidez para realizar el divorcio. No sólo por el retraso de los juzgados, sino como también por la mayor demandas presentadas en dichos meses.
En cualquier caso, desde que se interpone una demanda de divorcio de común acuerdo hasta que se ratifica ante los tribunales suele pasar una media de unos dos o tres meses. En todo caso siempre será más rápido que un procedimiento contencioso. Normalmente, en el plazo de una semana ya tendremos la sentencia después de la ratificación del convenio regulador.
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