El divorcio supone la ruptura del matrimonio. Hay dos tipos de divorcios básicos: el divorcio contencioso y el divorcio de mutuo acuerdo. Los ex cónyuges podrán volver a casarse por la vía civil, cuando hayan oficializado su divorcio. La condición principal que exige la legislación para que puedan iniciar los trámites de separación es que hayan pasado un mínimo de 3 meses desde que contrajeran matrimonio.

El divorcio implica que tanto sus obligaciones como sus derechos que originan del matrimonio se pierden, por ejemplo: la pensión de viudedad, los derechos de carácter sucesorio, el deber de alimentos…

Cuando hablamos de los hijos, las obligaciones no desaparecen ya que estas son originadas de una relación y no del matrimonio.

El divorcio puede reclamarse por cualquiera de las 2 partes.

Hay dos tipos de divorcios básicos: el divorcio contencioso y el divorcio de mutuo acuerdo.

Hoy en día podemos gestionar un divorcio de forma directa, sin que exista el requisito de la desunión previa, como sucedía hasta entonces, tras la entrada en vigor de la Ley 15/2005.

La separación es una segunda opción al divorcio. Se trata de una separación “de facto” entre las dos partes, donde no vivirán juntos, pero eso no incluye la ruptura del matrimonio, como sí ocurre con el divorcio.

Con la separación, las dos partes de la pareja podrán hacer vida por separado. Y deberán acordar algunos aspectos como el patrimonial y el económico y muy importante, el cuidado y la custodia de sus hijos.

En Tria Advocats, somos un despacho de abogados con oficina en Sabadell y Rubí donde podremos ayudarle y acompañarle en todas las etapas que supone un divorcio.